Salto atrás… DDHH

El hecho que el Estado venezolano haya renunciado a la convención o pacto de San José de Costa Rica, significa que al año que se cumplió el 10 de septiembre próximo pasado se terminaría la jurisdicción y cualquier mortal venezolano que se sienta atropellado no puede una vez agotada la legislación interna, es decir, hasta el Tribunal Supremo de Justicia, apelar ante instancias internacionales (la Corte Interamericana) como en otrora lo hacíamos desde el año 1981, cuando nos sometimos a esa instancia.

Esto equivale que no solo se nos arrebata un grandioso instrumento para demandar justicia como anteriormente hicieran las víctimas del amparo, el caracazo, retén de catia y la Guaira, donde el Estado venezolano se allanó, vale decir, aceptó la responsabilidad, como también hubo otros donde se presentó controversia por el interés del Estado-gobierno, de cuestionar la demanda; verbigracia, Leopoldo López, donde se le violaron sus derechos civiles y políticos de forma inconstitucional y arbitraria para inhabilitarlo y sacarlo del tinglado político infructuosamente ya que no solo López le ganó al demandado Estado forajido, sino que fortalece su liderazgo día a día.

Otros polémicos casos fueron los de los Jueces María Lourdes Afiuni (privada de libertad) y Juan Carlos Apitz, botados por tomar decisiones jurisdiccionales, es decir, hacer lo que están obligados a hacer de manera imparcial y objetiva. De igual forma, al general Francisco Uson, fue privado de su libertad por abuso de poder del Estado, quien acudió ante la Corte Interamericana y falló a su favor.

El Estado venezolano aspiraba en el actual gobierno que la Corte Interamericana fuese una instancia para atropellar y tomar venganza de los potenciales “enemigos” del régimen de turno, es decir, con doble moral ya que era bueno para tomar la bandera de los derechos humanos y decir que el Estado cumple y respeta los compromisos internacionales contraídos firmados y ratificados, pero malos y parcializados cuando dicho organismo internacional no le daba la razón al Estado venezolano, específicamente cuando emitía un fallo en su contra.

Contradictoriamente Venezuela es un país que está dentro del Mercosur y del Alba y debe someterse a sus obligaciones, y una de ellas es la CIDH, pero internamente el constituyente del año 1999, blindó el tema de los Derechos Humanos en el artículo 339, el espíritu era fortalecer la progresividad de los mismos como lo establece el artículo 19 y el derecho a acudir ante instancias internacionales, tal y como lo refieren los artículos 23 y 31 de la carta magna, que nos describe que los tratados y convenios internacionales tienen jerarquía constitucional y prelan en el orden interno; vale decir, son supraconstitucionales, también previsto por el legislador en el artículo 155 del Código Penal venezolano y fundamentalmente el artículo 25 constitucional que señala que todo acto que viole la constitución es nulo.

Hagamos votos para que regrese la sensatez a nuestros gobernantes y fundamentalmente a nuestro pueblo que es el sabio que los coloca y tiene la facultad e inteligencia de cambiarlos. La progresividad de los derechos humanos es un logro universal ¿cómo queda en Venezuela? Vicepresidente del Comité de los ddhh de la FIA

Ramón Flores Carrillo / prensagrancaracas@yahoo.com

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