Sergio Graffe: “Garcés tiene al municipio full de guarimbas de huecos y basura”

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Graffe: “Lo más insólito es que los sectores geográficos más afectados por los huecos y la acumulación de la basura es donde vive el electorado que mayoritariamente votó por Garcés”

El Tribunal Supremo de Justicia emitió una sentencia que obliga a los alcaldes de El Hatillo, Baruta, Chacao (Miranda), San Diego (Carabobo), Maracaibo (Zulia) y San Cristóbal (Táchira) a cumplir con el artículo 178 de la Constitución Nacional (CN) y el 56 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (Lodpm), relativos a las competencias de los municipios en cuanto a la circulación y ordenación del tránsito de vehículos y de personas.

En consecuencia, debían derribar las barricadas llamadas guarimbas que han sido colocadas en las vías urbanas a propósito de las protestas de calle de las últimos semanas y así evitar la violación del derecho al trabajo y del libre tránsito de las personas que han sido afectadas por la interrupción de la vialidad en esos municipios.

Esta misma sentencia, detalla el polítologo Sergio Graffe, establece que como el principal insumo para montar las guarimbas es la basura acumulada por mucho tiempo, también los obligó a recogerla de inmediato bajo riesgo de desacato; “como pasó con el alcalde de San Diego, Enzo Scarano, que el TSJ consideró que no había cumplido con el mandato de la sentencia y no sólo fue destituido de su cargo sino que le impuso una pena de 10 meses y 15 días de cárcel”.

-En el caso del municipio Guaicaipuro persiste una situación que no sólo viola el libre tránsito y el derecho al trabajo sino otros derechos asociados a la calidad de vida de sus habitantes como el de la salud o el de contar con un ambiente sin contaminación porque el alcalde Garcés no está cumpliendo con los artículos citados y el municipio está lleno de “guarimbas improvisadas”  ya que los propios vecinos se han visto obligados a lanzar la basura en las calles y cuando pasa mucho tiempo sin que la alcaldía la recoja proceden a quemarla generando no sólo interrupción del tránsito de vehículos y de personas sino poniendo en riesgo su propia salud por los gases tóxicos que emanan de los basureros quemados que contaminan el ambiente.

Pero además, los mismos artículos 178 de la CN y el 156 de la Lodppm establecen que la vialidad urbana también es una competencia propia de los municipios y “es evidente que el deterioro de la vialidad en Guaicaipuro está al mismo nivel de gravedad que el de la acumulación de la basura porque entre las fallas de bordes y los huecos hacen imposible que exista la movilidad necesaria en las siete parroquias, lo que ha degenerado en una inmensa “guarimba municipal” porque ambos problemas son los que necesitan atención más urgente; lo más grave es que no hay señales de que el alcalde Garcés esté dispuesto a resolverlos en el plazo inmediato”.

-Sin embargo, en vista de que las protestas vecinales por estos dos problemas han sido desestimadas por el alcalde de Guaicaipuro y que tampoco le ha puesto la atención debida a que los vecinos estén quemando la basura de forma riesgosa, estamos explorando la posibilidad de iniciar acciones legales para obligarlo a que cumpla con sus funciones como primera autoridad civil y política del municipio; por eso ya hemos estudiado no sólo la jurisprudencia que crea la reciente sentencia del TSJ sobre los alcaldes mencionados de oposición sino la que se generó en febrero cuando el Ministerio Público por vía del Fiscal 28 en materia de Defensa Ambiental del estado Zulia solicitó al Tribunal Séptimo de Control de la región que aplicara medidas judiciales especiales contra la Alcaldía del municipio Maracaibo en virtud de la ineficiente prestación del servicio en la recolección de la basura; esta instancia judicial acordó que las autoridades del poder local tenían que ejecutar planes de emergencia para el manejo integral de los residuos y desechos sólidos en su jurisdicción que incluían la presentación de rutas y horarios de los camiones recolectores, así como disponer de recursos humanos, logísticos y económicos para cumplir con el mandato del tribunal.

Agrega que incluso existe el precedente internacional del alcalde de Bogotá, Gustavo Petro, que también fue destituido de su cargo e inhabilitado por 15 años para ejercer responsabilidad de elección popular por no recoger la basura.

“Lo más insólito es que los sectores geográficos más afectados por los huecos y la acumulación de la basura es donde vive el electorado que mayoritariamente votó por Garcés para ser electo alcalde, como los barrios de Los Teques y las parroquias foráneas, porque  el centro de la capital está libre de basura, aunque no así de huecos”, agregó.gf

Daniel Murolo – dmurolo@diariolaregion.net / @dmurolo

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