Concejo Municipal de Chacao rechazó resolución n° 008610 del MPP para La Defensa

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Los ediles en pleno aprobaron un acuerdo

El Concejo Municipal de Chacao aprobó hoy, por unanimidad de sus ediles, un acuerdo que “repudiar de forma radical, el contenido de la Resolución 008610 del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela número 40.589, de fecha 27 de enero de 2015; por considerar que su contenido es violatorio de la norma constitucional y legal nacional, así como de los principios y acuerdos internacionales suscritos y ratificados por la República, que prohíben el uso de armas letales en manifestaciones y protestas”, establece el texto.

Al respecto Alfredo Jimeno, presidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Servicios Públicos de Chacao fijo posición en torno a esta resolución y dijo que la misma viola los DDHH y que representa una licencia para matar a los ciudadanos que ejerzan su derecho a manifestar.

Asimismo, expreso que esta resolución es la prueba del fracaso político de un gobierno, que no tiene respuesta a las expectativas económicas del pueblo y que a través de estrategias jurídicas busca amedrentar a los ciudadanos y causarles miedo.

Consideraciones del acuerdo

El Concejal Alfredo Jimeno utilizando el texto del acuerdo recordó al Ministro para el Poder Popular para la Defensa, general Vladimir Padrino López que “el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, suscrito y ratificado por Venezuela, establece en su Artículo 21 el reconocimiento del derecho de los

ciudadanos a reunirse pacíficamente y que el Artículo 7 de nuestra Carta Magna deja por sentado la supremacía de la norma constitucional, atribuyéndole el sentido de fundamento del ordenamiento jurídico, por lo que todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetos a ella”.

Asimismo, que la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela es clara y enfática cuando consagra en su Artículo 68 la expresa prohibición del uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas.

Además, dijo que la resolución es imprecisa al señalar que las “Fuerzas Armadas”, podrán hacer uso de la fuerza para el control del orden público, cuando las competencias en materia de control del orden interno del país competen a la Guardia Nacional de conformidad con lo establecido en el artículo 329 de la Constitución Nacional. Así como a la Policía Nacional Bolivariana de conformidad con lo establecido en la ley que la regula, por lo cual mal podrían ejercer funciones de control de orden interno los demás componentes de las Fuerzas Armadas.

Por otra parte, Jimeno explica que también el acuerdo Exige al Ministerio del Poder Popular para la Defensa revoque de manera inmediata la Resolución Nro. 008610 por ser ésta abierta y groseramente inconstitucional y violatoria de Derechos Humanos.

Condena cualquier práctica por parte de funcionarios de cuerpos de seguridad del Estado, en especial a militares de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, que implique el uso de armas de fuego para controlar el orden público durante la realización de manifestaciones pacíficas, en jurisdicción del municipio Chacao.

El edil de Chacao comentó que también el texto legal tiene estipulado remitir copia del presente acuerdo a los demás Concejos Municipales del Área Metropolitana de Caracas, así como al Consejo Legislativo del Estado Bolivariano de Miranda, para que sigan este ejemplo y den el visto bueno a un documento similar.

Por último, exhortar a los países de la comunidad internacional a intensificar la observación y vigilancia sobre Venezuela, ya que la sola publicación de esta norma implica una potencial amenaza a los Derechos a la vida y a la manifestación pacífica de sus ciudadanos./NDP

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