Todo lo que haga AN será anulado por el TSJ

En la Asamblea Nacional, la mayoría calificada de dos tercios de los diputados se sigue calculando sobre la base de 167 diputados porque la Constitución señala como base de cálculo a los «integrantes»

El torpe intento por incorporar como diputados a quienes no lo son, trae una consecuencia de nulidad, es decir, de ahora en adelante, discusiones y aprobaciones parlamentarias quedan viciadas por la participación de unos usurpadores de funciones (falsos legisladores por sentencia judicial provisional); resultado: todo lo que haga Asamblea Nacional será anulado por el Tribunal Supremo de Justicia.

Ver video en Globovisión: Asamblea Nacional juega a provocación contra el Estado, advierte abogado Jesús Silva https://t.co/rlbqR0nGZS.

En la Asamblea Nacional, la mayoría calificada de dos tercios de los diputados se sigue calculando sobre la base de 167 diputados porque la Constitución señala como base de cálculo a los «integrantes». Entonces, aunque por ahora hay 163 diputados «asistentes», es evidente que la sentencia del TSJ suspendiendo la elección en Amazonas no elimina los 4 cargos de diputados sino que se encamina a aclarar pronto la verdad de dicho proceso electoral, pudiendo sentenciar: a) electos a los candidatos que al principio fueron mencionados como ganadores; b) electos a otros candidatos favorecidos por reconteo de votos; c) repetición de la elección.

Visto que los 4 cargos de diputados están suspendidos pero no eliminados, sería inconstitucional darle a la MUD una mayoría calificada con solo 109 diputados basado en un equivocado cálculo. En ningún caso se le puede regalar a un grupo una mayoría que no ha sido obtenida mediante votación popular definitiva.

Dado que la MUD solo tiene mayoría de 3/5 partes, sus atribuciones están limitadas a lo previsto en la Carta Magna y no produce los efectos radicales de una mayoría de 2/3, por ejemplo: convocar Asamblea Constituyente para forzar nuevas elecciones presidenciales y renovar representantes en los cinco poderes públicos; reformar leyes orgánicas (para incluir más magistrados y tomar control del Tribunal Supremo de Justicia), destituir ministros, etc.

Por lo antes expuesto, cualquier pretendido acto de la MUD con rango de mayoría de 2/3 en la Asamblea Nacional será nulo de toda nulidad, y significará desacato a la mencionada sentencia del TSJ.

Jesús Silva R.

aporrea.org

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