Asamblea Nacional entra en desacato con Contraloría General

La negativa al acceso al edificio administrativo de la AN a la Dra. Mayren Ríos Díaz, designada por el órgano contralor como interventora del ente parlamentario, fue el motivo por el cual se declara el desacato.

La junta directiva de la Asamblea Nacional (AN) rechazó este lunes la decisión de la Contraloría General de la República de declarar al Parlamento en desacato por no permitir la realización de una auditoría interna.

En el documento, el Parlamento señala que el titular de la referida instancia incurrió en una extralimitación de sus funciones.

«El Contralor General de la República incurrió en grave extralimitación de funciones al haber ordenado la intervención de la Dirección de Auditoría Interna de la Asamblea Nacional, ya que infringió los artículos 137 de la Constitución, 27, numeral 8, del Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional, 57 del Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y el Sistema de Control Fiscal y 7 del Reglamento sobre los Concursos Públicos para la Designación de los Contralores Distritales y Municipales y los Titulares de las Unidades de Auditoría Interna de los Órganos del Poder Público Nacional, Estadal, Distrital y Municipal y sus Entes Descentralizados», señala el documento.

Aclararon que «ni la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y el Sistema de Control Fiscal ni su Reglamento facultan al Contralor General de la República para acordar la intervención de una Contraloría o Auditoría Interna con base en la omisión o demora en la celebración del correspondiente concurso, ya que el artículo 57 de ese Reglamento, al regular la intervención de los órganos de control fiscal se refiere a situaciones en las cuales ´de las evaluaciones practicadas surgieren graves irregularidades´ que justificaren la intervención».

Además, sería absurdo, por irracional y desproporcionado, intervenir la Auditoría Interna de la Asamblea Nacional ante la falta de convocatoria de un concurso público, pues dicha intervención «en nada contribuiría a lograr el fin que se querría alcanzar, la celebración del concurso, cuya convocatoria no es responsabilidad del Auditor Interno de la Asamblea Nacional sino de las máximas autoridades del organismo».

NDP

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