“Constituyente de Maduro terminara en una convención ampliada del PSUV”

Politólogo Sergio Graffe afirma que la MUD se juega su credibilidad
Politologo Sergio Graffe afirma que luce debilitada y a la deriva.ARCHIVO

Para el politologo Sergio Graffe la convocatoria realizada por el presidente Maduro para una Asamblea Nacional Constituyente tuvo un considerable impulso inicial debido a que logró un alto impacto de opinión pública, pero en estos momentos luce “debilitada y a la deriva debido a que ni la convocatoria ni las bases comiciales serán sometidas a sendos referendos consultivos y tampoco prevé redactar una nueva Constitución Nacional”, tal como ocurrió con la iniciativa promovida por Hugo Chávez en 1999.

Reseña que el argumento fundamental del oficialismo en relación a la negativa de cumplir con el proceso constituyente iniciado y culminado por Chávez es que en la constitución venezolana anterior (la de 1961) no estaba establecida la figura de una Asamblea Nacional Constituyente y por ese motivo hubo que recurrir a los procedimientos consultivos para darle la legitimidad y legalidad necesarias para ese momento.

-Lo cual es cierto, pero en la redacción de la nueva Carta Magna sí fueron incluidos de manera taxativa las competencias para la participación popular cuando el artículo 347 dice textualmente que “El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”; lo que implica que el único que puede convocarla es el pueblo y para eso es necesario que sea mediante una consulta organizada por el órgano rector electoral (CNE).

En relación a la iniciativa el artículo 348 es claro en cuanto a que “La iniciativa de convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente podrán tomarla el Presidente o Presidenta de la República en Consejo de Ministros; la Asamblea Nacional, mediante acuerdo de las dos terceras partes de sus integrantes; los Concejos Municipales en cabildo, mediante el voto de las dos terceras partes de los mismos; o el quince por ciento de los electores inscritos y electoras inscritas en el Registro Civil y Electoral”; quedando establecido taxativamente que el proceso de la iniciativa es distinto a la propia convocatoria, en una analogía del procedimiento para formación de las leyes nacionales porque aunque son sancionadas por la Asamblea Nacional como cuerpo legislador (artículo 202), dependiendo de la materia tratada la iniciativa de las leyes corresponde a: 1). Al Poder Ejecutivo Nacional. 2). A la Comisión Delegada y a las Comisiones Permanentes. 3). A los y las integrantes de la Asamblea Nacional, en número no menor de tres. 4. Al Tribunal Supremo de Justicia. 5). Al Poder Ciudadano. 6). Al Poder Electoral. 7). A los electores y electoras en un número no menor del cero coma uno por ciento de los inscritos e inscritas en el Registro Civil y Electoral y 8). Al Consejo Legislativo, cuando se trate de leyes relativas a los Estados (artículo 204).

Por otro lado –asegura Graffe-, el artículo 349 de la Constitución Nacional establece la obligatoriedad de que el proceso constituyente concluya en una nueva Carta Magna cuando dice que “El Presidente o Presidenta de la República no podrá objetar la nueva Constitución. Los poderes constituidos no podrán en forma alguna impedir las decisiones de la Asamblea Nacional Constituyente. Una vez promulgada la nueva Constitución, ésta se publicará en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela o en la Gaceta de la Asamblea Nacional Constituyente”; pero en la propuesta de Maduro sólo está previsto realizar cambios menores que pudieran ser alcanzados mediante los mecanismos de reformas o enmiendas, pero que también tienen que ser sometidos a referendos consultivos.

“La forma fraudulenta de presentar esta Asamblea Nacional Constituyente al violentar los artículos 347, 348 y 349 de la Constitución ha provocado una contundente negativa a participar en la misma por parte de sectores representativos de la vida nacional, como La Mesa de La Unidad Democrática, La Conferencia Episcopal, los empresarios agrupados en Fedecámaras y de 26 ex constituyentes de 1.999; y también ha incidido en que sea percibido como parte de la actual polarización política y que, inevitablemente, terminará en una especie de convención ampliada del Psuv y sus aliados del Gran Polo Patriótico, cuyo apoyo popular no llega al 20% de la población venezolana”, dijo.

-Hay que alertar, sin embargo, sobre la posibilidad de que la segmentación en sectores sociales como postulantes de los candidatos permita que una misma persona pueda votar en varias ocasiones dependiendo de si califica en muchos sectores; como por ejemplo, si un elector es indígena, integrante de una comuna, un Clap o un consejo de trabajadores, pudiera sufragar hasta cinco veces y el CNE pudiera presentar una cifras amañadas sobre la real participación debido al voto cruzado; o el uso indebido de los más de 12 millones que sacaron el carnet de la patria; pero la realidad electoral es que en este momento esa propuesta cuenta con un apoyo cercano a los 4 millones de electores (20%) del total de los 20 millones que están inscritos en el Registro Electoral.

Daniel Murolo

dmurolo@diariolaregion.net / @dmurolo

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