Barboza: AN esperará notificación formal del TSJ para decidir sobre antejuicio de mérito contra Maduro

Barboza: AN esperará notificación formal del TSJ para decidir sobre antejuicio de mérito contra Maduro

El presidente de la Asamblea Nacional, diputado Omar Barboza (Unidad-Zulia) informó este martes, que el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el exilio deberá solicitar la autorización al Parlamento Nacional para continuar el juicio contra el presidente de de la República, Nicolás Maduro.

Así lo manifestó el parlamentario luego del derecho de información por parte diputado Juan Pablo Gracia (Unidad-Monagas) quien en representación del la Fracción 16 de Junio consignó una copia  de la decisión hecha por el TSJ este lunes 09 de abril, sobre el antejuicio contra el Presidente Nicolás Maduro para que se  incorporara en el orden del día  de la plenaria de la AN.

Barboza  aseguró que hasta los momentos no le ha llegado a la directiva de la AN la notificación constitucional sobre la sentencia del alto Tribunal, sobre la solicitud del antejuicio de mérito contra el Presidente de la República de Nicolás Maduro.

“La Asamblea Nacional no elude temas tan importante como el planteado por el TSJ y prueba de ello fue cuando declaramos a final del año 2016 las responsabilidades políticas del presidente de la República, sobre la ruptura del orden constitucional, violación de Derechos Humanos (DDHH) y por la crisis económica que impera en el país. Asimismo al principio del año 2017, al aprobar también el abandono del cargo de Nicolás Maduro, por haber dejado de cumplir sus obligaciones constitucionales”.

El diputado reiteró que una vez sea notificado formalmente el Poder Legislativo por parte del TSJ, la AN va a considerar el tema con la seriedad que  corresponde de acuerdo a lo que establece la Constitución y las leyes.

Señaló que el país conoce las limitaciones a las que ha sido sometido el actual Parlamento Nacional en desconocimiento a la soberanía popular por parte del Ejecutivo, que tiene como intención fundamental evitar el ejercicio de la atribución constitucional como es el control de la administración pública.

Le corresponderá a la Asamblea Nacional autorizar el antejuicio de mérito, de acuerdo con lo establecido en los artículos 266 numeral 2 de la Constitución y 110 de la Ley Orgánica del TSJ.

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