El lapso de 48 horas que establece la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPE) para totalizar las actas comiciales venció el pasado 30 de julio a las seis de la tarde. Delsa Solórzano, dirigente de Encuentro Ciudadano, reclamó que el ente comicial no puede proclamar a ningún ganador del proceso hasta tanto esto no se haya hecho.
«Según la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE), la Junta Nacional Electoral tiene sólo 48h para la totalización de las actas. Ese lapso venció el martes a las 6:00 p.m. El CNE aún sigue sin publicar. No puede haber proclamación sin totalización. Hacerlo, vicia el proceso», escribió Solórzano en sus redes sociales este 31 de julio.
El artículo 146 de la Lopre establece que la Junta Nacional Electoral y las Juntas Electorales, estas últimas bajo la supervisión de la primera, tendrán la obligación de realizar el proceso de totalización en el lapso de cuarenta y ocho horas. En caso de que las juntas electorales no hubiesen totalizado en el lapso previsto, la Junta Nacional Electoral podrá realizar la totalización.
El mencionado artículo señala que la totalización deberá incluir los resultados de todas las actas de escrutinio de la circunscripción respectiva.
El artículo 147 ordena a la Junta Nacional Electoral y las Juntas Electorales -según corresponda- totalizar todas las actas de escrutinio, con excepción de aquellas en las que no se hubiera utilizado el formato de Actas de Escrutinio aprobado por el Consejo Nacional Electoral.
«Las Actas de Escrutinio deterioradas o mutiladas hasta el grado que no permita conocer el resultado numérico o los datos esenciales para la identificación de las mismas», agrega.