“La paralización del servicio de aseo urbano y de los servicios públicos en el municipio, como medida de presión contra las autoridades municipales es ilegal de acuerdo a lo decretado por el Juzgado Primero del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción del Estado Miranda que emitió una Medida Cautelar Innominada con el objetivo de garantizar la prestación del servicio en el municipio”.
Así lo dijo José Guzmán, director de Recursos Humanos al informar sobre la decisión de la jueza suplente Teresa Herrera, que recae en el expediente 13-9382 y busca evitar omisión, demora y deficiencia en la prestación de los servicios públicos.
Guzmán recalcó que la paralización del servicio, o cualquier acción dirigida a impedir el cumplimiento de la medida será considerada como un desacato y sus autores podrían ir presos.
“El juzgado ordenó al Suptramen no obstaculizar en modo alguno, bien sea directa o indirectamente la prestación del servicio de aseo urbano, la cual involucra: la recolección, el barrido, transporte hacia el sitio de disposición final, su descarga y tratamiento, manejo del relleno sanitario y acceso a ese servicio en todo el municipio”.
Ante la insistencia de la directiva de Suptramem sobre el supuesto envío al municipio de los recursos para el pago del ajuste salarial, Guzmán subrayó que es falso que hayan llegado los recursos para cumplir con el compromiso, “lo que ingresó a las arcas municipales, de acuerdo a la Gaceta Oficial número 6.100 es el dinero para cubrir los gastos del situado constitucional, en cuanto llegue ese dinero se cancelará a los trabajadores con retroactivo”.
Prensa Alcaldía Guaicaipuro