
Cuando faltaban pocas horas para que venciera el lapso para el cierre de los postulados para sustituir las tres vacantes pendientes en el CNE, tanto Lucena como Oblitas fueron presentadas como unas de los 245 aspirantes a rectores; esto, según el politólogo Sergio Graffe, generó suspicacia cuando la presidente del Comité de Postulaciones Electorales, la diputada Blanca Eekhout, se apresuró a darles el visto bueno sin que mediara debate en el seno de los 21 integrantes del órgano responsable de “filtrar” los perfiles de los postulados, con evidente mayoría oficialista.
Sin embargo, aunque esos pasos previos pudieran significar un claro mensaje respecto a la pretensión sobre las aspiraciones de las dos actuales rectoras, falta uno que es definitivo para que se concrete su reelección y para eso es imprescindible que puedan contar con el voto favorable de 110 diputados de los 165 que integran la Asamblea Nacional y eso no es posible a menos que a los 98 diputados de la alianza oficialista se le sumen al menos otros 12 de la oposición; “y eso pasaría por un acuerdo político entre las dos grandes alianzas parlamentarias”.
-Es lógico pensar que el Psuv y sus aliados tratarán de proponer a La Unidad que tanto Lucena como Oblitas sean ratificadas como rectoras a cambio de algunas concesiones relacionadas con el otro rector de los tres que se deben elegir o de importantes cargos directivos dentro de la estructura organizativa del CNE; pero podrían plantear que entre sólo una de las dos y “sacrificar” a la otra; aunque esto podría significar una “trampa” en la negociación porque la Constitución Nacional establece que la Presidencia del CNE la deciden tres rectores de los cinco que integran el organismo electoral y es conocido que las dos rectoras que continúan en sus cargos son de tendencia oficialista aunque eso está prohibido por nuestras leyes.
Graffe recordó que en todo caso, la reelección de Lucena y Oblitas como rectoras no es posible si no hay acuerdo y si éste no se concretara en la Asamblea Nacional, el caso pasaría a decidirlo los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia por negligencia legislativa y esta instancia también es de mayoría oficialista, y sería la razón vedada de por qué se presentaron las candidaturas de estas dos personas con el objetivo de “trancar” el juego en el parlamento y que lo decida el TSJ.
Lo que dice la ley
El artículo 296 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela establece que los cinco rectores principales que integran la Directiva del Consejo Nacional Electoral son designados por las 2/3 partes de la Asamblea Nacional (66.6%= 110 de 165 diputados) para un período de siete años pero dependiendo de la instancia que los postula para ocupar el cargo, son sustituidos en tiempos distintos; y el 8 de la Ley Orgánica del Poder Electoral permite que sean elegidos por un máximo de dos períodos adicionales; lo que implica que cualquiera de los tres rectores a los que se les venció su mandato desde abril del año 2.013 (Vicente Díaz, Tibisay Lucena y Sandra Oblitas), podrían aspirar a ser ratificados; y aunque las postulaciones de Lucena y de Oblitas están dentro del marco legal, la posibilidad de que sean elegidas para otros siete años no es un problema jurídico sino político y más específicamente de tipo electoral porque está relacionado con un escenario que potenciaría la abstención para las parlamentarias del 2.015 y siguientes comicios, entre esos están las presidenciales del 2.019.
Daniel Murolo – [email protected] / @dmurolo