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Home Opinión

Los protectores en los estados

Kenneth Materan by Kenneth Materan
03/11/2019
in Opinión
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El gobierno nacional desatiende gravemente principios jurídicos elementales y normas constitucionales vigentes con el nombramiento de protectorados en las regiones. Intervenir en el terreno público regional de las entidades conducidas por partidos de oposición es algo sorprendente, nunca visto en nuestra vida política

El gobierno nacional desatiende gravemente principios jurídicos elementales y normas constitucionales vigentes cuando trae a la actividad pública de los estados esta inexplicable figura en aquellas regiones donde el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) no es el partido de gobierno, sino la oposición. La cuestionada iniciativa no tiene precedentes en nuestra historia y representa una flagrante violación al estado de derecho y de justicia de Venezuela.

En efecto, todo lo referente a nuestra forma de Estado está ordenada en la Constitución de la República y en normas de rango legal que regulan la estructura de nuestros estados y del poder nacional, entre ellas el Decreto de Ley Orgánica de la Administración Pública y en el cual no tiene asidero esta extraña figura, producto del desconocimiento jurídico.

Llama la atención que la puesta en práctica de la iniciativa no haya dado lugar a consideraciones y críticas de los estudiosos, las academias, las universidades y los colegios de abogados del país, vista la publicitada actuación del protector de estado, suerte de gobernador paralelo.

Así pues, la Carta Magna vigente se adentra en la estructura de poder de las entidades estadales, asigna atribuciones, establece ingresos y prevé los canales de actuación de los órganos públicos. Por tanto, intervenir en el terreno público regional de las entidades conducidas por partidos de oposición es algo sorprendente, nunca visto en nuestra vida política.

Ahora bien, apreciamos entonces aspectos del protector de los estados: lo nombra el Presidente de la República. Los actos que dictará será a través de los ministerios: nombrará funcionarios, ayudantes, asignará recursos, dictará actos ordinarios de un alto funcionario. El poder moral, vigilante de la legalidad y la Contraloría General de la República, órgano supervisor del gasto público de nuestras instituciones, no han tenido pronunciamiento alguno al respecto. Es insólito.

El problema resultante es nocivo en todos los sentidos. Viene a perturbar la buena marcha de la administración pública estadal, en sembrar trabas a su actuación, en inducir a funcionarios nacionales y colaboradores a no obedecer las legítimas directrices del Gobernador de Estado, de elección popular y en ejercicio. Estamos en presencia de un esquema ajeno al Estado de Derecho, impulsado por el Presidente de la República, lo que desdibuja los principios democráticos y altera la voluntad popular de los electores, votantes del legítimo gobernante, objeto de perturbación.

Baltazar Gutiérrez

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